Un juez ante la historia
Por: José Antonio Martín Pallín.
Magistrado emérito Tribunal Supremo. Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas.
Algunas veces, la Historia entra en los Tribunales. Los crímenes del nazismo y del fascismo se sentaron en el banquillo de los acusados. La Asamblea General de Naciones Unidas, el Consejo de Europa y el Parlamento Europeo han condenado el golpe militar que dio lugar a la guerra civil española y la instauración duradera de un régimen que, según declaran, tuvo el apoyo de la Alemania nazi y la Italia fascista.
La victoria de los rebeldes dio paso a doscientos mil Consejos de Guerra sumarísimos, con más de cien mil sentencias de muerte. Los vencedores exterminaron extrajudicialmente a gran número de vencidos. Algunos consiguieron encontrar asilo y muchos otros vivieron un exilio interior, despojados de sus bienes y expulsados de sus cargos. Nunca pudieron reclamar sus derechos ante los tribunales.
Muerto el Dictador, una Ley de Amnistía (1977) ponía fin a la responsabilidad de los vencedores por hechos que toda la comunidad jurídica internacional calificaba como crímenes contra la humanidad. Los que pretendieron la revisión y anulación de los consejos de guerra fracasaron porque, como dijo la Sala Militar del Tribunal Supremo, se ajustaban al "ordenamiento legal vigente en aquella época".
La Ley de Amnistía (1977) y la llamada Ley de la Memoria Histórica (2007), verdadera Ley de Punto Final se esgrime como barrera infranqueable para restaurar los principios de justicia y reparación que propugna el propio legislador.
Los legisladores de la Ley de la Memoria Histórica abandonan la idea de la nulidad de los juicios franquistas, si bien conceden que sus tribunales eran ilegítimos, contrarios a derecho y vulneraban las más elementales exigencias del derecho a un juicio justo. El Comité de Derechos Humanos de Ginebra encargado de velar porque España cumpla el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos nos recuerda la obligación de derogar la Ley de Amnistía y declarar la imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad.
Con estos precedentes, un juez español, Baltasar Garzón, universalmente conocido por el caso Pinochet, estima que existe una base jurídica para realizar la revisión jurídica de una historia criminal. Abre una causa en la que incluye ejecuciones extrajudiciales y desaparición forzada como crímenes contra la humanidad y el secuestro y entrega a los vencedores de treinta mil niños arrebatados a sus madres y familias. A la vista de la reacción del Tribunal Supremo, el Juez Baltasar Garzón podría clamar como el príncipe Segismundo: ¿Qué delito cometí contra vosotros juzgando?
Fuente: Diario "El País" de España. Viernes, 14 de Mayo de 2010.
Recomendado:
ENTREVISTA SOBRE LA QUERELLA A LOS CRIMENES DEL FRANQUISMO Y EL ACOSO AL JUEZ BALTASAR GARZÓN.
Por: José Antonio Martín Pallín.
Magistrado emérito Tribunal Supremo. Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas.
Algunas veces, la Historia entra en los Tribunales. Los crímenes del nazismo y del fascismo se sentaron en el banquillo de los acusados. La Asamblea General de Naciones Unidas, el Consejo de Europa y el Parlamento Europeo han condenado el golpe militar que dio lugar a la guerra civil española y la instauración duradera de un régimen que, según declaran, tuvo el apoyo de la Alemania nazi y la Italia fascista.
La victoria de los rebeldes dio paso a doscientos mil Consejos de Guerra sumarísimos, con más de cien mil sentencias de muerte. Los vencedores exterminaron extrajudicialmente a gran número de vencidos. Algunos consiguieron encontrar asilo y muchos otros vivieron un exilio interior, despojados de sus bienes y expulsados de sus cargos. Nunca pudieron reclamar sus derechos ante los tribunales.
Muerto el Dictador, una Ley de Amnistía (1977) ponía fin a la responsabilidad de los vencedores por hechos que toda la comunidad jurídica internacional calificaba como crímenes contra la humanidad. Los que pretendieron la revisión y anulación de los consejos de guerra fracasaron porque, como dijo la Sala Militar del Tribunal Supremo, se ajustaban al "ordenamiento legal vigente en aquella época".
La Ley de Amnistía (1977) y la llamada Ley de la Memoria Histórica (2007), verdadera Ley de Punto Final se esgrime como barrera infranqueable para restaurar los principios de justicia y reparación que propugna el propio legislador.
Los legisladores de la Ley de la Memoria Histórica abandonan la idea de la nulidad de los juicios franquistas, si bien conceden que sus tribunales eran ilegítimos, contrarios a derecho y vulneraban las más elementales exigencias del derecho a un juicio justo. El Comité de Derechos Humanos de Ginebra encargado de velar porque España cumpla el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos nos recuerda la obligación de derogar la Ley de Amnistía y declarar la imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad.
Con estos precedentes, un juez español, Baltasar Garzón, universalmente conocido por el caso Pinochet, estima que existe una base jurídica para realizar la revisión jurídica de una historia criminal. Abre una causa en la que incluye ejecuciones extrajudiciales y desaparición forzada como crímenes contra la humanidad y el secuestro y entrega a los vencedores de treinta mil niños arrebatados a sus madres y familias. A la vista de la reacción del Tribunal Supremo, el Juez Baltasar Garzón podría clamar como el príncipe Segismundo: ¿Qué delito cometí contra vosotros juzgando?
Fuente: Diario "El País" de España. Viernes, 14 de Mayo de 2010.
Recomendado:
ENTREVISTA SOBRE LA QUERELLA A LOS CRIMENES DEL FRANQUISMO Y EL ACOSO AL JUEZ BALTASAR GARZÓN.
No hay comentarios:
Publicar un comentario